A partir del 1 de enero de 2023 el movimiento de ovinos y caprinos solo se realizará con el Certificado Oficial de Tránsito de Animales (COTA) y de la Guía de traslado y transferencia. También se estableció, el valor que servirá como base imponible para la comercialización de este tipo de ganado, y que será del 1 por ciento del valor de cada animal, según resolución del Senacsa.